BASES DEL SORTEO PROMOCIÓN A REALIZAR POR LA ENTIDAD MERCANTIL THE CHAINGERS UNION, S.L
La empresa THE CHAINGERS UNION S.L (en adelante, “CHAINGERS” o la “Organización”), con CIF núm. B72583016 y domicilio social y a efectos de notificaciones en Calle Iradier, 19-21, 08017, Barcelona, organiza la siguiente acción promocional denominada SORTEO adelante, “la Promoción” o el “Sorteo”) con el objetivo de promocionar la acción “Restauración de la Gran Pradera del Mediterráneo” (en adelante, “Posidonia”), impulsada por la comunidad HUMANSDID, la cual se regirá de acuerdo con los requisitos estipulados en las presentes bases legales (en adelante, las “Bases”).
Todos los participantes en la Promoción, por el simple hecho de su participación, aceptan las Bases y las normas que rigen su procedimiento.
La Promoción será válida en cualquier parte del mundo, con aplicación de las leyes españolas y su correspondiente cumplimiento de la legislación de otros países.
El plazo para participar en el Sorteo comenzará el día 16 de septiembre de 2025 y finalizará el día 16 de octubre de 2025, ambos inclusive (el “Periodo Promocional”).
El Sorteo se realizará el 20 de octubre de 2025 mediante la plataforma https://app-sorteos.com, y se comunicará el ganador el 23 de octubre de 2025.
La Organización se reserva el derecho a modificar las fechas de participación, pudiendo cancelar, acortar o ampliar el Periodo Promocional, siempre que exista causa justificada, previa comunicación a los Participantes a través de los canales oficiales de HUMANSDID.
Podrán participar en el Sorteo todas las personas físicas mayores de dieciséis (16) años, inclusive (en adelante, los “Participantes”). En el caso de que el Participante tenga entre dieciséis (16) y dieciocho (18) años, su participación estará condicionada a la previa autorización expresa de sus representantes legales o tutores.
La Organización se reserva el derecho de verificar la edad de los Participantes antes de la celebración del Sorteo y de requerir la documentación necesaria para acreditar el cumplimiento de este requisito.
No podrán participar en el Sorteo los socios, empleados de la sociedad organizadora, CHAINGERS, ni sus familiares directos hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
Asimismo, para poder participar deberán cumplir con los requisitos establecidos en las presentes Bases Legales y, en particular, haber participado en el proceso de votación del Proyecto “Restauración de la Gran Pradera del Mediterráneo”, celebrado entre el 8 de septiembre y el 15 de septiembre de 2025.
La Organización se reserva el derecho a excluir a aquellos Participantes que no cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases, estén haciendo un mal uso de ella o impidiendo el normal desarrollo del Sorteo, o que realicen actos fraudulentos que contravengan la transparencia y/o que perjudiquen a otros Participantes, así como cualquier participación que dañe o pueda dañar la imagen de la Organización.
En estos casos, la Organización se reserva el derecho a ejercer las acciones legales que pudieran corresponderle y en ningún caso asumirá ninguna responsabilidad frente a aquellos Participantes cuya participación haya sido excluida.
La presente promoción se comunicará a través de la página web humansdid.com así como a través de otros medios digitales de HUMANSDID, tales como su newsletter y las cuentas @_HUMANSDID en Instagram, LinkedIn y WhatsApp.
El premio objeto del presente Sorteo consiste en una experiencia exclusiva en el Costa Brava Bluewave Fest’26, vinculada a la restauración del suelo marino del Mediterráneo. El ganador podrá elegir, una vez publicado el programa oficial del festival, entre distintas actividades incluidas en el mismo.
Asimismo, el premio incluye merchandising exclusivo de la Bluewave Alliance.
El premio no cubre transporte ni alojamiento; estos deberán ser asumidos por el ganador y su acompañante en caso necesario.
El premio no incluye ningún gasto o concepto no detallado expresamente en estas Bases, debiendo cualquier gasto adicional ser asumido por el Ganador y, en su caso, por su acompañante.
Los premios objeto del Sorteo, en ningún caso podrán ser objeto de cambio, alteración o compensación a petición del ganador, sin poder utilizar su valor en dinero.
Los premios otorgados en el Sorteo no podrán ser canjeados por su valor en dinero ni serán susceptibles de cambio, alteración o compensación a petición del ganador.
La Organización se reserva el derecho a modificar el premio por uno de igual o superior valor al indicado en las Bases, en caso de que los premios iniciales ofrecidos no puedan otorgarse por motivos que excedan su ámbito de control.
La Organización queda eximida de toda obligación o compensación con los Participantes, si por causa de fuerza mayor o imperativo legal hubiera de ser anulada o suspendido el presente Sorteo, situación que se pondría convenientemente en conocimiento de los Participantes.
El ganador y acompañante del premio objeto del Sorteo, desde la aceptación del mismo, autorizan a la Organización a utilizar su nombre e imagen en todas aquellas actividades relacionadas con el Premio, con fines publicitarios o de divulgación, sin que éstos tengan derecho a recibir pago o contraprestación alguna por ello.
En el caso de que el premio incluya un acompañante, este deberá autorizar expresamente a la Organización para que pueda utilizar su nombre e imagen en todas aquellas actividades relacionadas con el premio, con fines publicitarios o de divulgación, sin que ello genere derecho a compensación económica o de cualquier otro tipo.
Para participar en el Sorteo y optar al premio descrito en el punto 5 de estas Bases, los Participantes deberán:
Los requisitos anteriores deben cumplirse con anterioridad a la fecha del Sorteo.
En todo caso, se rechazarán y no se tendrán por válidas, quedando excluidas del Sorteo, aquellas solicitudes de participación que se entreguen fuera del Período Promocional – punto 3- o, las que no completen, total e íntegramente, los datos solicitados, y las que contengan datos falsos o erróneos.
El Sorteo se realizará el 20 de octubre de 2025, y se comunicará el ganador el 23 de octubre de 2025.
La Organización realizará un listado con todos los participantes en el sorteo y se los entregará a https://app-sorteos.com/es/apps/sorteados. Todo ello mediante la exportación de los e-mails de los Participantes desde la base de datos de registro de los miembros de la comunidad HUMANSDID.
Una vez esté completado este campo de la web clicaremos sobre el botón “Comenzar”. Seguidamente configuraremos el sorteo en la propia página. Indicaremos que debe haber un solo ganador y como suplentes elegiremos cuatro nombres más.
Tras una cuenta regresiva, a partir de los listados aparecerá el ganador del concurso y las reservas en la aplicación app-sorteos.
Tanto ganadores del primer como los respectivos suplentes serán determinados por un solo y único sorteo.
La Organización contactará con los Ganadores a través de los datos de contacto facilitados al cumplimentar la solicitud de participación, para informarle de que han sido premiados en el Sorteo y del premio que les ha correspondido.
Los Ganadores podrán ser requeridos para la presentación a la Organización de la documentación necesaria a fin de acreditar su identidad y la coincidencia con la persona premiada.
Si alguno de los Ganadores fuese menor de edad, éste deberá indicar a la mayor brevedad posible los datos del representante legal o tutor. En caso de que, quedando dos semanas para la fecha de inicio del curso, no se hubiera acreditado los datos del tutor o representante legal, el Ganador perderá el premio procediendo la Organización a designar a la persona que conste como suplente en el Acta del sorteo.
Una vez que la Organización notifique a los Ganadores la obtención del premio, éstos dispondrán de un plazo de diez (10) días naturales para su aceptación. En caso de no recibir confirmación en el mencionado plazo, el premio se asignará al Suplente que figure como tal en el acta del sorteo. El suplente dispondrá de igual plazo para confirmar la aceptación del premio.
En caso de que, una vez finalizado el proceso de sustitución de Ganador por Suplente, el premio siguiera vacante, la Organización se reserva el derecho a seleccionar un nuevo suplente o bien disponer del premio como estime conveniente.
Todos los datos personales de los Participantes facilitados a la Organización, en su caso, en el marco del Sorteo deben ser veraces y estar actualizados, comprometiéndose, además, el Ganador o Suplente a comunicar cualquier modificación de los mismos a la Organización.
La no recepción por parte del Participante de los mensajes dirigidos a los medios de contacto proporcionados sea cual fuera la causa, eximirá a la Organización de cualquier responsabilidad al respecto, no teniendo ésta ninguna obligación de utilizar medios de notificación alternativos.
La empresa responsable del tratamiento de sus datos es The Chaingers Union, S.L. (CHAINGERS) con CIF núm. B72583016 y domicilio social y a efectos de notificaciones en Calle Iradier, 19-21, 08017, Barcelona.
CHAINGERS cumple con la vigente normativa de protección de datos y, en particular, con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 (en adelante, “RGPD”), la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (“LOPDGDD”), y la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico (“LSSI”).
Al participar en este Sorteo, todos los Participantes han sido informados de que CHAINGERS tratará los datos personales facilitados y que estos datos quedarán incorporados de forma confidencial en un fichero cuyo responsable es la Organización.
Por este motivo, The Chaingers Union, S.L. informa al usuario que, como responsable del tratamiento, incorporará los datos personales facilitados a un fichero automatizado con la finalidad de gestionar su inscripción en la Lista HUMANSDID, destinada a informar y convocar a personas interesadas en impulsar un cambio en el modelo educativo, así como para su participación en la presente Promoción.
El usuario consiente y acepta que su inscripción implica también su alta como miembro registrado en la comunidad HUMANSDID, operada por The Chaingers Union, S.L., lo que le permitirá recibir comunicaciones periódicas, participar en iniciativas y acceder a contenidos y actividades promovidas por la Organización.
CHAINGERS utilizará dichos datos personales únicamente para la correcta gestión del Sorteo y del registro como miembro de la comunidad, manteniendo niveles de seguridad adecuados conforme a la normativa vigente.
Los datos personales obtenidos específicamente para la participación en el Sorteo dejarán de ser tratados una vez finalizado este.
No obstante, los datos recopilados con motivo del registro como miembro de la comunidad HUMANSDID seguirán siendo tratados por CHAINGERS de conformidad con su política de privacidad aplicable.
En todo caso, los datos serán conservados, incluso una vez finalizada la relación con los Participantes, únicamente mientras sean necesarios para responder ante posibles responsabilidades o en cumplimiento de obligaciones legales.
En ningún caso este fichero será cedido o vendido a otras empresas sin el consentimiento previo, libre, específico, informado e inequívoco del usuario.
Para cualquier consulta, petición o aclaración relativa al tratamiento de datos personales, los Participantes podrán contactar por correo electrónico a info@humansdid.com con la referencia “Protección de datos”, o ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación, portabilidad y retirada del consentimiento mediante escrito dirigido a dpo@teamlabs.es, con la referencia “Derechos ARCO-POL”.
Asimismo, si el Participante considera que no se han respetado sus derechos, podrá presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos, a través de su sede electrónica (https://www.aepd.es/) o mediante escrito postal.
El premio tendrá un valor total máximo de 1000€.
Cualquier obligación tributaria derivada del disfrute del premio será responsabilidad exclusiva del ganador.
Los premios de este Sorteo están sujetos a tributación y, por ello, les será de aplicación la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio. El premiado deberá integrar en su base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, la valoración del obsequio obtenido más el ingreso a cuenta si lo hubiese. CHAINGERS emitirá, en caso de que esté obligada a ello por la normativa aplicable, la preceptiva certificación donde figurarán estos conceptos.
El plazo para formular cualquier reclamación relativa al Sorteo finalizará transcurridos 20 días naturales desde la celebración del Sorteo.
Cualquier reclamación deberá presentarse enviando un correo electrónico a info@humansdid.com o bien por escrito al domicilio social de The Chaingers Union, S.L., sito en Calle Iradier, 19-21, 08017, Barcelona.
La participación en el Sorteo supone la aceptación de las presentes bases, así como la sumisión expresa a las decisiones interpretativas que de las mismas realice la Organización.
Estas bases estarán publicadas en la página web humansdid.com en el apartado del Lista Humansdid por un cambio en el modelo educativo.
La Organización queda eximida de cualquier tipo de responsabilidad a partir del momento en que se adjudique el Premio al Ganador y durante el disfrute del mismo.
En ningún caso, se podrá emprender ningún tipo de acción legal contra la Organización por ningún motivo derivado del mal uso o disfrute del Premio.
Estas bases se rigen por el Derecho común español vigente.
Cualquier reclamación relacionada con la Promoción debe enviarse por escrito a CHAINGERS, a su domicilio social. En caso de controversia en la aplicación o interpretación de estas Bases y en ausencia de acuerdo amistoso, los Participantes se someten expresamente a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Barcelona.
En Barcelona, mayo de 2025.